Antecedentes:
En el marco de la Cumbre de Líderes del G20 celebrada en Buenos Aíres Argentina el 30 de septiembre de 2018, Estados Unidos, México y Canadá acordaron la renovación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), firmado en 1994; con el objetivo de actualizar las relaciones comerciales de los países y modernizar el tratado para enfrentar los desafíos actuales y adecuar el modelo de integración para aprovechar las oportunidades que ofrece la economía del siglo XXI (1).
Tras más de 2 años de negociaciones, el pasado 29 de junio de 2020, la Secretaría de Relaciones Exteriores publicó en el Diario Oficial de la Federación Mexicana el Decreto Promulgatorio del Protocolo mediante el cual se sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) cuya entrada en vigor inició el 1 de julio de 2020.
- Fortalecer de nuevo la amistad prolongada entre ellas y sus pueblos, y la sólida cooperación económica que se ha desarrollado a través del comercio y la inversión;
- Avanzar en el fortalecimiento de sus cercanas relaciones económicas;
- Reemplazar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte de 1994 con un nuevo acuerdo de alto estándar del siglo XXI para apoyar el comercio mutuamente benéfico que conduzca a mercados más libres y justos, y un crecimiento económico sólido en la región;
- Preservar y Expandir el comercio y la producción regionales incentivando aún más la producción y el abastecimiento de mercancías y materiales en la región;
- Mejorar y promover la competitividad de las exportaciones y empresas regionales en los mercados globales, y las condiciones de competencia justa en la región;
- Reconocer que las pequeñas y medianas empresas, incluidas las microempresas (PYMES), contribuyen significativamente al crecimiento económico, el empleo, el desarrollo de la comunidad, la participación de la juventud y la innovación, y a buscar apoyar su crecimiento y desarrollo mediante el mejoramiento de su habilidad para participar y beneficiarse de las oportunidades creadas por este Tratado;
- Establecer un marco legal y comercial claro, transparente y predecible para la planificación de negocios que apoye una mayor expansión del comercio y la inversión;
- Facilitar el comercio entre las Partes promoviendo procesos aduaneros eficientes y transparentes que reduzcan los costos y aseguren predictibilidad para importadores y exportadores, y alentar la expansión de la cooperación en materia de facilitación del comercio y aplicación;
- Reconocer sus derechos inherentes para regular y su determinación a preservar la flexibilidad de las Partes para establecer prioridades legislativas y regulatorias, y proteger objetivos legítimos de bienestar público, tales como la salud pública, la seguridad, la protección del medio ambiente, la conservación de los recursos naturales no renovables vivos o no vivos, la integridad y estabilidad del sistema financiero y la moral pública, de conformidad con los derechos y obligaciones dispuestos en este Tratado;
- Facilitar el comercio de mercancías y servicios entre las Partes mediante la prevención, identificación y eliminación de obstáculos técnicos innecesarios al comercio, el mejoramiento de la transparencia y la promoción de buenas prácticas regulatorias;
- Proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales y fomentar la toma de decisiones basadas en la ciencia mientras se facilita el comercio entre ellas;
- Eliminar los obstáculos al comercio internacional que sean más restrictivos de lo necesario;
- Promover altos niveles de protección al medio ambiente, incluso mediante la aplicación efectiva por cada una de las Partes de sus Leyes ambientales, así como a través del mejoramiento en la cooperación ambiental, y fomentando los objetivos de desarrollo sostenible, incluso mediante políticas y prácticas comerciales y ambientales que se apoyen mutuamente;
- Promover la protección y observancia de los derechos laborales, el mejoramiento de las condiciones de trabajo, el fortalecimiento de la cooperación y la capacidad de las Partes en los asuntos laborales;
- Reconocer la implementación de prácticas en todo el gobierno para promover la calidad regulatoria a través de mayor transparencia, análisis objetivo, rendición de cuentas y predictibilidad, pueden facilitar el comercio internacional, la inversión y el crecimiento económico, mientras que contribuyen a la capacidad de cada Parte para alcanzar sus objetivos de política pública;
- Promover la transparencia, el buen gobierno y el estado de derecho, y eliminar el cohecho y la corrupción en el comercio y la inversión;
- Reconocer la importancia en el aumento de la participación de los pueblos indígenas en el comercio y la inversión;
- Buscar facilitar el acceso igualitario de mujeres y hombres, la habilidad de beneficiarse de las oportunidades creadas por este Tratado, y apoyar las condiciones para la participación plena de las mujeres en el comercio y la inversión domésticos, regionales e internacionales;
- Reconocer el importante trabajo que sus autoridades pertinentes están realizando para fortalecer la cooperación macroeconómica; y
- Establecer un Tratado que aborde los retos y las oportunidades futuras del comercio y la inversión, y contribuir con el fomento de sus respectivas prioridades en el tiempo.
- Se adaptan a las necesidades actuales de los agentes económicos que participan en los intercambios comerciales y de inversión en la región (3) y,
- Representan los principales intereses de los países parte; entre ellos energía, comercio digital, derechos de propiedad intelectual, laboral, medio ambiente, pequeñas y medianas empresas, competitividad, anticorrupción, solución de controversias, política macroeconómica y de tipo de cambio, buenas prácticas regulatorias entre otros.
Las novedades en las nuevas disposiciones legales y los objetivos del acuerdo, plantean un propósito de crecimiento, igualdad de condiciones y beneficios para todas las partes a largo plazo e incluye un mecanismo de revisión cada 6 años, con el fin de evitar lo sucedido con el TLCAN y permitir la adaptabilidad de las operaciones comerciales a las circunstancias del mercado; de igual manera considera la necesidad de un marco legal y comercial claro, transparente y predecible mediante lineamientos y procesos que aseguren la viabilidad y certeza jurídica de los inversionistas a través de prácticas gubernamentales a través del capítulo 28 de Buenas Prácticas Regulatorias que a continuación conoceremos.
¿En qué consiste el Capítulo 28?
Su objetivo principal es la aplicación de buenas prácticas, que promuevan una calidad regulatoria basada en la transparencia, análisis objetivo, rendición de cuentas y predictibilidad que facilite el comercio internacional, la inversión, el crecimiento económico y que apoye el desarrollo de enfoques normativos compatibles para de esta manera reducir o eliminar requisitos regulatorios innecesariamente gravosos, duplicados o divergentes.
Disposiciones Destacadas
- Establece obligaciones relacionadas con la planificación, diseño, emisión, implementación y revisión de las regulaciones respectivas de las partes.
- Reconoce la importancia de los órganos centrales de coordinación regulatoria en la promoción de las buenas prácticas, en el caso de México la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria CONAMER; y su función esencial de asesoramiento, coordinación y revisión para mejorar la calidad de las regulaciones y; desarrollar mejoras al sistema regulatorio de cada país.
- Contempla la necesidad para que las regulaciones estén basadas en información confiable y de alta calidad, debiendo tener disponible públicamente directrices o mecanismos que alienten a las autoridades a desarrollar normatividad para buscar la mejor información disponible, incluida científica, técnica, económica o cualquier otra información pertinente para la regulación que se esté desarrollando.
- La publicación anual de la lista de regulaciones que cada parte espera adoptar o proponer acompañada de una descripción concisa de la normatividad planeada, punto de contacto de una persona con conocimientos en el ente regulatorio responsable de la implementación y una indicación, con los sectores que se verían afectos y si considera algún efecto significativo en el comercio o la inversión internacional.
- Considera la creación de un sitio web único, gratuito, accesible al público que contenga toda la información que debe ser publicada de conformidad con los criterios para la elaboración transparente de regulaciones que considera el capítulo.
- Advierte que las normatividades finales se redacten usando un lenguaje sencillo para asegurar que sean claras, concisa y fáciles de entender para todo púbico reconociendo las cuestiones técnicas que algunas puedan abordar.
- Establece plazos mínimos de consulta; para esto considera la publicación del texto de la regulación junto con una evaluación de impacto regulatorio, una explicación que incluya los objetivos, justificación y definición de los datos y análisis en los que la autoridad se basó para apoyar su creación.
- Admite la participación de grupos consultivos de expertos que puedan brindar asesoramiento y recomendaciones respecto a la elaboración o implementación de la regulación; como complemento y no como sustitución de los procesos implementados para la obtención de comentarios públicos de conformidad con las reglas específicas para la elaboración transparente establecida en el capítulo.
- Identifica la importancia de realizar una evaluación de impacto regulatorio que va a permitir a las autoridades evaluar la necesidad y posibles impactos a los sectores de la economía.
- Estima que, si una regulación propuesta tiene efectos económicos adversos significativos en un número considerable de pequeñas empresas, el Estado parte debe considerar medidas que en lo posible minimicen los impactos económicos.
- Incluye la adopción o el aseguramiento de procesos o mecanismos que permitan hacer revisiones retrospectivas de las regulaciones con el único fin de determinar si la modificación o derogación es apropiada.
- Determina la creación de un Comité de Buenas Prácticas Regulatorias (BPR) con el objetivo de monitorear la implementación y operación de las obligaciones contenidas en el capítulo.
- Contempla la aplicación del recurso de solución de controversias conforme al capítulo 31 del acuerdo a partir de 1 año después de la fecha de entrada en vigor de este.
Beneficios del Capítulo para México
El desarrollo de este nuevo e innovador capítulo, no visto antes en un tratado de libre comercio firmado por México, prevé el desarrollo de una nueva dinámica regulatoria y deja ver una actitud de apertura y cooperación y estar dispuestos a hacer esfuerzos entre sí, con el objetivo de prevenir reducir o eliminar las diferencias normativas innecesarias para facilitar el comercio y promover el crecimiento económico que sin duda generarán un ambiente regulatorio accesible y compatible con los principales socios de México en la región y que principalmente favorecerá la apertura de nuevos mercados al otorgar seguridad jurídica al sector de negocios.
Finalmente, el beneficio más importante de este capítulo es que fomenta la consecución de una agenda de cooperación regulatoria y comercial en la región de América del Norte, lo que contribuye a profundizar y conservar la integración regional (4) de los países parte del tratado.
Dato Curioso
Cada país excluyó algunas medidas para lo que respecta a este capítulo; en el caso de México los temas de impuestos, específicamente los relacionados con contribuciones, responsabilidades de los servidores públicos, justicia agraria y laboral, servicios financieros o medidas de prevención de lavado de dinero.
Referencias bibliográficas
- Artículo Académico
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