Las recetas médicas no son la prueba idónea para acreditar la relación entre las facturas expedidas, cuyo reembolso se demanda, y el padecimiento que las originó.
El Tribunal Colegiado de Circuito determinó que en el contrato de seguro de gastos médicos las recetas médicas no son la prueba idónea para acreditar la relación entre las facturas expedidas, cuyo rembolso se demanda y el padecimiento que originó dichos gastos, lo anterior, porque estas no son útiles para demostrar la relación entre los gastos médicos y el padecimiento cubierto en una póliza de seguro de gastos médicos, ya que no exponen la vinculación entre lo prescrito y el padecimiento, pues básicamente contienen el nombre del medicamento y/o insumo, la dosis y el tiempo de tratamiento, sin especificar sus efectos sobre el mal que aqueja la salud del paciente.
Tesis Aislada: I.5o.C.15 C (11a.)
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