Proyecta modificaciones sobre los reclamos en salud y sus términos de respuesta.
La Supersalud, teniendo en cuenta la necesidad manifestada por los usuarios del SGSSS frente a la oportunidad y contenido de las peticiones, proyecta modificaciones a los anexos técnicos relacionados con reclamos en salud y los términos para resolver dichos reclamos. De su contenido destaca:- Se establecen los siguientes términos para resolver PQRS:
- Reclamos de riesgo simple: Deberán resolverse de fondo en un término máximo de setenta y dos (72) horas a partir de la fecha de radicación.
- Reclamos de riesgo priorizado: Deberán ser resueltos con la inmediatez que la situación del paciente requiera y, en todo caso no podrán superar el término máximo de cuarenta y ocho (48) horas.
- Reclamos de Riesgo vital: Deberán ser resueltos de manera inmediata y en todo caso no podrán superar el término máximo de veinticuatro (24) horas.
- Peticiones generales: Deberán ser resueltas en quince (15) días hábiles.
- Solicitudes de información: Deberán ser resueltas en diez (10) días hábiles.
- Solicitud de copias: Deberán entregarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes.