Instrucciones relacionadas con la remisión de pacientes desde los prestadores primarios, puerta de entrada a las especialidades y subespecialidades en los servicios de consulta externa.
Supersalud, para garantizar el acceso a la prestación de los servicios de salud en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad, imparte instrucciones en la remisión de pacientes, desde el prestador primario a especialidades y subespecialidades en los servicios de consulta externa. De su contenido se destaca:- Las EPS deberán:
- Garantizar que los prestadores primarios realicen la remisión a las especialidades y/o subespecialidades de conformidad con los criterios médicos y de pertinencia que se requieran.
- Disponer de los soportes y evidencias del cumplimiento de cada una de las instrucciones definidas en la presente circular, en caso de ser requeridas por la Superintendencia Nacional de Salud dentro de sus funciones de inspección, vigilancia y control.
- En ningún caso se podrán establecer procedimientos ni etapas previas obligatorias que puedan constituirse como barreras de acceso y continuidad en la prestación de los servicios de salud. Asimismo, con independencia de los modelos de atención implementados por los destinatarios de la presente circular y, en el marco de las normas y procedimientos, ninguna modalidad de atención en salud podrá ir en desmedro o menoscabo de la calidad.