Instrucciones para garantizar el cumplimiento del flujo de recursos
Las EPS deben cumplir con la normativa vigente relativa a los acuerdos de voluntades para garantizar el acceso continuo de los usuarios a la prestación o provisión de los servicios o tecnologías en salud. En ese sentido, deben publicar en su página web a más tardar el 30 de abril de 2023, el valor transferido a los prestadores de servicios de salud públicos, privados o mixtos.Supersalud, Circular Externa 202350000006-5 de 2023, 19-abr-2023
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