Proyecta adopción del nuevo Módulo de Reporte de Información de la Cartera de Crédito (MURIC).
Superfinanciera, con el fin de recopilar información granular, clara y oportuna para el desarrollo de las funciones de supervisión a su cargo y generar eficiencias a las entidades, busca adoptar el nuevo Módulo Único de Reporte de Información de la Cartera de Crédito (MURIC). De su contenido se destaca:- Se crea el Módulo Único de Reporte de Información de Cartera que se compone del Reporte MURIC-001 y los siguientes insumos:
- Insumo MURIC-001-001: Información general de los créditos.
- Insumo MURIC-001-002: Atributos de los créditos y deudores.
- Insumo MURIC-001-003: Movimiento de cartera.
- A más tardar el 3 de marzo de 2025, las entidades destinatarias de la presente circular deberán remitir a la Superfinanciera un plan de trabajo para la adopción del MURIC, incluyendo como mínimo:
- El cronograma de trabajo mensual.
- Un análisis de los impactos estimados por la implementación del MURIC.
- Fechas de implementación:
- A partir del 1 de abril de 2025, el MURIC podrá ser implementado voluntariamente por aquellas entidades que estén en capacidad técnica, operativa y financiera de remitir los diferentes insumos.
- A partir del 1 de octubre de 2025, el MURIC debe ser implementado obligatoriamente por las entidades destinatarias de la presente circular, diferentes de las siguientes entidades: Entidades aseguradoras que cuenten con desarrollo de crédito, sociedades fiduciarias y sociedades titularizadoras obligadas a implementar el MURIC.
- Las entidades mencionadas en el punto anterior deberán implementar el MURIC a partir del 1 de enero de 2026.