Imparte instrucciones relacionadas con el Sistema de Control Interno de las entidades vigiladas
Con el propósito de fomentar la transparencia y ética empresarial al interior de las entidades vigiladas conforme lo establece la Ley 2195 de 2022, se modifican las instrucciones en materia de control interno con el fin de continuar con la convergencia hacia las mejores prácticas internacionales y promover el desarrollo de estructuras de gobierno corporativo robustas.
Con el propósito de fomentar la transparencia y ética empresarial al interior de las entidades vigiladas conforme lo establece la Ley 2195 de 2022, se modifican las instrucciones en materia de control interno con el fin de continuar con la convergencia hacia las mejores prácticas internacionales y promover el desarrollo de estructuras de gobierno corporativo robustas.
De la norma se destaca:
Se establecen los propósitos que debe buscar las entidades vigiladas a partir de la implementación del sistema de control interno.
- Se definen los componentes del Sistema de Control Interno, que como mínimo, deberá considerar elementos esenciales, tales como, ambiente autocontrol, código de ética y conducta, política de generación y remisión de informes, recurso humano, seguridad de la información, independencia de la junta directiva, entre otros.
- Se establecen las responsabilidades en el sistema del control interno.
- Implementa el modelo de las tres líneas para promover la creación de estructuras de gobierno y procesos que contribuyen a la materialización de los objetivos estratégicos de las entidades vigiladas y facilitan la gestión de los riesgos.
- Las entidades cuentan con un plazo de un año contado a partir de la expedición de la presente Circular para dar cumplimiento a las presentes instrucciones.
Ver anexo