Deber de información sobre las herramientas técnicas y tecnológicas que permitan el recaudo ágil, oportuno de las pruebas cuando se presenten choques simples
Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 2251 de 2022 sobre el procedimiento a seguir en los choques simples las aseguradoras deberán disponer e informar a los consumidores financieros:- Los canales de atención dispuestos para cuando se presente un choque simple.
- Prueba y demás información que se debe obtener a efectos de la reclamación derivada del choque.
- Indicaciones claras, suficientes y precisas para recabar las pruebas.
- El procedimiento y los canales de atención dispuestos para avisar el siniestro y realizar la reclamación de la indemnización.