Cumplimiento de las instrucciones relativas al trámite de posesión con procedimiento abreviado de personas postuladas para desempeñar cargos de dirección y control
La SFC recuerda que corresponde a las entidades vigiladas, a través del funcionario responsable del trámite de posesión, antes de solicitar la posesión de la persona postulada, verificar el cumplimiento de los requisitos contenidos en la circular externa 036 de 2017 para aplicar el procedimiento abreviado, exclusivamente para la autorización de posesión en los cargos y presupuestos que allí se listan.
Adicionalmente, recuerda que el incumplimiento de los requisitos relativos al trámite de posesión mediante el procedimiento abreviado conlleva consecuencias como la revocatoria de la posesión cuando no se cumplan los requisitos objetivos y subjetivos para el ejercicio del cargo, la imposibilidad de acceder al procedimiento abreviado por 2 años, el eventual inicio de acciones penales y civiles a que haya lugar y las sanciones administrativas que puedan ser impuestas.
(SuperFinanciera, Carta Circular 039 de 2024, 25-jun-24)
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