Lineamientos sobre el Tratamiento de Datos personales en Sistemas de Inteligencia Artificial

La SIC como Autoridad Nacional de Protección de Datos personales, instruye sobre el Tratamiento de Datos personales en Sistemas de Inteligencia Artificial. De su contenido se destaca:
  1. En caso de presentarse falta de certeza frente a los potenciales daños que puede causar el Tratamiento de Datos personales, los Administradores de Datos personales deberán abstenerse de realizar dicho Tratamiento o adoptar medidas precautorias o preventivas para proteger los derechos del Titular del dato, su dignidad y otros derechos humanos.
  2. En el Tratamiento de Datos personales en la IA se requiere que los Administradores de Datos personales adecuen, entre otros, sistemas de administración de riesgos asociados al Tratamiento de aquella información.
  3. Los Datos personales sujetos a Tratamiento en la IA deben ser veraces, completos, exactos, actualizados, comprobables y comprensibles.
  4. La información personal que es "accesible al público" no es, per se, información "de naturaleza publica"'.
  5. El Tratamiento de Datos personales que se realice en sistemas de IA debe prever estrategias pertinentes, eficientes y demostrables para garantizar el cumplimiento de los derechos de los Titulares de la información.
(SIC, Circular Externa 002 de 2024, 21-ago-24)

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