Deber de colaboración con las autoridades judiciales y administrativas.
La SFC les recuerda a las entidades vigiladas que deben procurar el inmediato y correcto cumplimiento de las órdenes y requerimientos de autoridades administrativa y judiciales, siguiendo lo consagrado en los numerales 5, 5.2 y 5.3 del Capítulo I del Título IV de la Parte I de la Circular Básica Jurídica.
(Superfinanciera, Carta Circular 60 de 2022, 07-oct-22)
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