Se aclara metodología de estandarización en la revelación de los gastos de los Fondos de Inversión Colectiva
La SuperFinanciera determina que, en materia de gastos de los Fondos de Inversión Colectiva y su revelación, “Solo podrán imputarse al fondo de inversión colectiva los gastos que sean necesarios para el funcionamiento y gestión del mismo”; estos gastos deberán estar relacionados de manera pormenorizada en el reglamento. Se estipula que estos gastos incluyen la remuneración de la sociedad administradora y del gestor externo o extranjero.
Carta Circular 07 de 2021 SFC
Descargue la norma