Adecuación del Concepto de "Beneficiario Final".

El día 4 de noviembre de 2022 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Nro. 745/2022 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante la cual se adecua la regulación de dicho Organismo a la nueva definición del concepto de "Beneficiario Final" establecido por la Resolución Nro. 112/2022 de la Unidad de Información Financiera. En ese sentido, se ajusta la definición de "Beneficiario Final" a la siguiente:
  • Será considerado Beneficiario/a Final a la/s persona/s humana/s que posea/n como mínimo el DIEZ POR CIENTO (10 %) del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica; y/o a la/s persona/s humana/s que por otros medios ejerza/n el control final de las mismas.
  • Se entenderá como control final al ejercido, de manera directa o indirecta, por una o más personas humanas mediante una cadena de titularidad y/o a través de cualquier otro medio de control y/o cuando, por circunstancias de hecho o derecho, la/s misma/s tenga/n la potestad de conformar por sí la voluntad social para la toma de las decisiones por parte del órgano de gobierno de la persona jurídica o estructura jurídica y/o para la designación y/o remoción de integrantes del órgano de administración de las mismas.
  • Cuando no sea posible individualizar a aquella/s persona/s humana/s que revista/n la condición de Beneficiario/a Final conforme a la definición precedente, se considerará Beneficiario/a Final a la persona humana que tenga a su cargo la dirección, administración o representación de la persona jurídica.”
La Resolución entró en vigencia el día 4 de noviembre de 2022.
Resolución Nro. 745/2022 de la Superintendencia de Seguros de la Nación

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