Código Único de Identificación de Pólizas (CUIP) y de Siniestros (CUIS)
El día 23 de agosto de 2023 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Nro. 390/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante la cual se dispone la creación del CÓDIGO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN DE PÓLIZA (CUIP) y del CÓDIGO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN DE SINIESTROS (CUIS). En ese sentido, el CUIP deberá constar en los Frentes de Pólizas, Endosos, Certificados Individuales, y estará conformado por una combinación de datos específicos y su inclusión será obligatoria para todas las ramas y sub-ramas, a excepción de la Rama de "Riesgos del Trabajo”. En caso de renovación, se deberá consignar el Número CUIP y el Número de Póliza que se renuevan. A su vez, el CUIP será obligatorio en los requerimientos del Sistema Informativo de Emisión de Pólizas (SIEP) y será asentado en el Registro de Emisión y Anulación de Pólizas. Los sistemas informáticos de las aseguradoras deberán permitir la obtencion de informacion de los registros de CUIP generados, con el formato y extensión que el Organismo requiera. Por su parte, el CUIS será asentado en el Registro de Denuncias de Siniestros. Lo dispuesto en esta resolución será de aplicación a los contratos de seguros y endosos a contratos de seguros vigentes que se celebren y a los siniestros y reclamos que se registren, ambos a partir de la entrada en vigencia de la presente. La Resolución será de aplicación imperativa a partir del 23 de noviembre de 2023.Resolución Nro. 390/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación
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