PDL Boletín N° 6980-03 Prohíbe a empresas que otorgan créditos exigir seguro de cesantía a jubilados.
“Los adultos mayores que tengan la calidad de jubilado no podrán ser objeto de contratos de seguro de cesantía por parte de ningún proveedor, so pena de entenderse nulo dicho contrato y debiendo restituir las sumas percibidas en razón de dichos contratos, con el debido reajuste y los correspondientes intereses”.
PDL Boletín N° 6980-03 Prohíbe a empresas que otorgan créditos exigir seguro de cesantía a jubilados.