la prórroga de vencimientos

Se dispone la prórroga de vencimientos, resolviéndose:
  1. Prorrogar el pago de la primer cuota de la contribución inmobiliaria urbana, sub-urbana y rural hasta el 04/05 inclusive, sin multas ni recargos.
  2. efectuar el cobro por concepto de "feriantes", solamente a los que comercialicen alimentos.
  3. suspender el pago de quienes tengan permiso como feriantes de otro tipo de mercadería.
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