Se establecen las condiciones de funcionamiento de locales y oficinas con atención al público
Se establecen las condiciones de funcionamiento de farmacias, supermercados mayoristas o minoristas, hipermercados, panaderías, pescaderías, heladerías, carnicerías, estaciones de servicio, quioscos, ferias, expoferias, oficinas y todo establecimiento análogo con atención al público en el marco de la situación sanitaria que atraviesa el país.
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