Se deroga Decreto y se dictan medidas de aislamiento preventivo obligatorio.

Se ordena aislamiento hasta el 27 de abril y se limita totalmente la libre circulación de todas las personas. Se mantienen las mismas excepciones decretadas por el Gobierno Nacional para la circulación y se impone la obligación a las empresas de que realizan las actividades exceptuadas, garantizar a sus trabajadores y colaboradores el transporte desde sus hogares y hasta su lugar de trabajo. Los establecimientos de comercio tendrán atención al público desde las 00:00 horas hasta las 16:00 y se establece pico y cédula para la adquisición de bienes, utilización de servicios financieros, farmacéuticos y circulación de vehículos, así como la obligación del uso de tapabocas en lugares públicos.
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