Modificación de plazo para pago de impuesto predial para predios residenciales estrato 1 y 2 y suspensión de términos de las actuaciones administrativas tributarias
De su contenido destacamos:- Ampliación del plazo para el pago de impuesto predial para propietarios o poseedores de predios en estratos 1 y 2, que declaren y/o paguen la totalidad del impuesto liquidado por el año gravable 2020 a más tardar el 31 de julio del mismo año con un descuento del 10% del impuesto a cargo
- Suspender los términos de las actuaciones administrativas tanto para los ciudadanos como para la administración tributaria, en los procesos de fiscalización, liquidación, devolución, recaudo, discusión y cobro, que estén corriendo a la vigencia del presente decreto y mientras duren las medidas de restricción.