En Cartagena, se mantiene el aislamiento preventivo obligatorio.

Mantener el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del día 1° de julio de 2020. Se mantienen las mismas excepciones de circulación para personas y vehículos, incluidas las nuevas actividades aperturadas con el aislamiento preventivo ordenado por el Gobierno Nacional. Las personas que desarrollen las actividades exentas deberán acreditarlo con el certificado laboral. Las empresas y establecimientos que realicen las actividades descritas en las excepciones del presente artículo deberán garantizar a sus trabajadores y colaboradores el transporte desde sus hogares y hacia su lugar de trabajo, y viceversa. Como medida de control, los empleadores deberán hacer previamente el registro de sus trabajadores a través del link establecido en la página web dispuesta por la Alcaldía de Cartagena: coronavirus.cartagena.gov.co Se sostiene medida de circulación para adquisición de alimentos, utilización de servicios y demás actividades exceptuadas dentro de los días de pico y cédula. Se establecen horarios y medidas para la ejecución de obras de construcción de edificaciones y sector manufacturero. Se permite el ejercicio de actividades físicas y hábitos de vida saludable en los horarios establecidos. Prohibir el consumo de bebidas alcohólicas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio durante la vigencia de la medida de aislamiento y hasta el día 1 de julio de 2020.
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