En Bucaramanga, se reglamenta el procedimiento de aplicación de beneficios de cartera para obligaciones tributarias y no tributarias, se regula la aplicación de la tasa de interés de mora transitoria y se regulan las conciliaciones y terminaciones por mutuo acuerdo.
Los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás responsables del pago de impuestos, tasas, contribuciones y multas Municipales pendientes de pago al 20 de mayo de 2020 podrán cancelar dentro de los siguientes plazos y con las siguientes condiciones: • Hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones • Entre el 1 de noviembre de 2020 y hasta el 31 diciembre se pagará el 90% del capital sin intereses ni sanciones.
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