Se ordena la restriccion e movilidad con sus respectivas excepciones
- La restricción a la movilidad de los habitantes, residentes, visitantes y vehículos desde el viernes 20 a las cero horas hasta el lunes 23 a las 23:59 horas.
- Se exceptúan de la medida las personas y vehículos que estén relacionados con todos los servicios de salud, la preservación del orden público, seguridad, emergencia y socorro, del abastecimiento y almacenamiento de víveres y alimentos, con la entrega de productos o bienes a domicilio, servicios postales o de transporte de mercancías, abastecimiento de combustible, fuerza pública y rama judicial, actividades de vigilancia y seguridad privada, servicios funerarios y de medicina veterinaria, servicios de las telecomunicaciones, servicio de transporte intermunicipal y servicios bancarios o financieros.
- No se puede hacer uso de zonas húmedas durante este tiempo
- A las niñas, niños y adolescentes que se encuentren sin compañía de sus padres o las personas en quien recaiga su custodia durante la restricción le serán aplicados los procedimientos establecidos en el código de infancia y adolescencia.
- Los alcaldes y autoridades de policía deben realizar actividades de socialización y pedagogía de las restricciones desde el 19 de marzo a las 16:00