Número de Boletín Oficial: 28737 - Dirección Ejecutiva del Organismo Provincial de Integración de Integración Social y Urbana (OPISU)
Calificar como “Servicio no Interrumpible”, en los términos del artículo 3° del Decreto Provincial N° 165-2020-GDEBA, en el ámbito del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana. Establecer la nómina de autoridades superiores y de trabajadoras/es, a ser exceptuados del cumplimiento de las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular.