Medidas para que los asegurados no pierdan las coberturas de sus contratos de seguros, a raíz de la crisis económica que ha ocasionado el COVID-19
Mediante nota fechada del 20 de marzo de 2020, la APADEA (Asociación Panameña de Aseguradores, solicita a esta superintendencia que se les permita a las aseguradoras incluir dentro de los activos admitidos los saldos pendientes generados por los acuerdos y modificaciones de los términos y condiciones de las pólizas y que los mismos sean considerados para las evaluaciones de los Márgenes de Solvencia y liquidez. El fundamento de la solicitud se debe a la necesidad de buscar medidas para que los asegurados no pierdan las coberturas de sus contratos de seguros, a raíz de la crisis económica que ha ocasionado el COVID-19.
Que la Ley 12 de seguros, en su artículo 217 numeral 9 establece:
Artículo 217. Lista de Activos admitidos. El 100% de los títulos representativos que documentan los activos admitidos que se detallan en los numerales 1, 2, 3 y 4 el artículo anterior debe mantenerse en los custodios autorizados en Panamá o en jurisdicciones reconocidas que sean admitidos, por medio de reglamentación y de conformidad con esta Ley, por la Superintendencia. Son activos admitidos los que se enuncian a continuación y deberán invertirse de la siguiente forma:
- Primas netas retenidas por cobrar, siempre que no tengan una morosidad mayor a noventa días, contados a partir de la fecha acordada para su pago. Las primas netas retenidas por cobrar al Estado, así como las cuentas por cobrar al estado, se considerarán activos admitidos siempre que dichas cuentas hayan sido presentadas y tengan su fundamento en contratos o actos debidamente refrendados, reconocidos o admitidos.
- Que de acuerdo con el artículo transcrito y dada la situación financiera que atraviesa el país a razón del COVID-19, la Superintendencia considera viable la aplicación del artículo 217 durante el segundo semestre del año
- La Superintendencia resuelve considerar los saldos pendientes de las primas netas retenidas por cobrar, generados por los acuerdos y modificaciones de los términos y condiciones de las pólizas de seguros, los cuales serán considerados para las evaluaciones de los márgenes de solvencia, liquidez y Balance de Reserva de Inversiones.
Esto será a partir del segundo semestre de 2020 atendiendo a la necesidad de cada compañía de seguro solicitante.