El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Salud

  • Regular la importación y utilización de las Pruebas de Detección del COVID-19
  • Es facultad del Ministerio de Salud realizar las Pruebas de Detección del COVID-19; por lo cual, el manejo y almacenamiento de las pruebas es facultad exclusiva de dicha institución.
  • La importación, distribución y uso de las pruebas para la detección de COVID-19, queda supeditada a la autorización del Ministerio de Salud.
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