Se reglamenta la afiliación de voluntarios acreditados y activos al Sistema General de Riesgos Laborales
MinSalud reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los voluntarios acreditados y activos del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta. Del decreto resalta:- Se define primera respuesta como aquellas actividades realizadas por personas que, sin recibir remuneración, se ofrecen para la prevención de emergencias.
- Se determinan los requisitos y roles para la afiliación. Se aclara que el periodo de cotización del voluntario acreditado, activo y convocado no podrá ser inferior a un mes.
- Se consagra que las entidades del Subsistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta informarán a la ARL la relación de los voluntarios acreditados y activos, convocados para atender la emergencia; esto, en el mismo día en que se presente el evento o máximo al día hábil siguiente.
- Se determinan las consecuencias por la omisión en el reporte oportuno de los voluntarios activos convocados.
- Se disponen obligaciones concretas en cabeza de, entre otras, las ARL.