Adopta medidas relativas a permisos extraordinarios para actuaciones urbanísticas y servicios públicos

Por medio de este decreto legislativo MinVivienda crea un permiso extraordinario para actuaciones urbanísticas, que permitirá la autorización de demolición, construcción o reparación de obras sin que sea necesario tramitar el permiso excepcional del artículo 151 de la Ley 1801 de 2016. Por otra parte, se extiende el pago diferido de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo hasta por 36 meses para los usuarios residenciales de los estratos 1 y 2, para las facturas emitidas a partir de la expedición del Decreto 528 de 2020 y hasta el 31 de julio de 2020, sin intereses o costos financieros; la financiación podrá contratarse con FINDETER. En la misma línea, se establecen opciones de pago diferido de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo para los usuarios de estratos 3 y 4 y de los usos industrial y comercial. También se establece un subsidio a la demanda y un subsidio rural con cargo al FOME. Y, sin perjuicio de lo anterior, se establece que las entidades territoriales podrán asumir el pago de los servicios públicos de aseo. Finalmente, se establecen líneas de crédito para los prestadores de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.
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