Medidas en materia de contratación estatal para la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos y elementos de protección personal
Los contratos que tengan por objeto la adquisición en el mercado internacional de dispositivos médicos relacionados y elementos de protección personal requeridos en la gestión sanitaria para atender casos sospechosos o confirmados de COVID-19 en el marco la declaración Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, no se regirán por el Estatuto de Contratación de la Administración Pública y en consecuencia le serán aplicables las normas de derecho privado.
El representante legal de la entidad contratante deberá remitir toda la información de los contratos al órgano de control fiscal competente, dentro de los 3 días siguientes a su celebración.
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