Se dictan medidas transitorias para expedir normas en materia de orden público
Se establece que el manejo del orden público con el objeto de prevenir y controlar propagación del COVID-19 en el territorio de Colombia y mitigar sus efectos, en el marco de la emergencia sanitaria estará en cabeza presidente de la República. De su contenido destacamos:- Las instrucciones, actos y órdenes del presidente primarán sobre las disposiciones de gobernadores y alcaldes.
- Las instrucciones, los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes.