Acciones de Contención ante el Covid19 (10 marzo 2020)
Se imparten instrucciones a Empleadores, Empleados y Administradoras de Riesgos Laborales, con relación a la contención del COVID 19 y la prevención de enfermedades asociadas al primer pico epidemiológico de enfermedades respiratorias.
De su contenido destacamos:
- Como medidas temporales y excepcionales de carácter preventivo se establece que los organismos y entidades públicas y privadas deben evaluar la adopción del Teletrabajo, Horarios Flexibles, Disminución en el número de Reuniones Laborales, así como también, Evitar áreas o lugares con aglomeraciones en los que se pueda interactuar con personas enfermas.
- Se establece como responsabilidad de los servidores, trabajadores y contratistas, informar inmediatamente en los canales dispuestos para tal fin, en caso de presentar síntomas de enfermedades respiratorias.
- Para las Administradoras de Riesgos Laborales, una de las obligaciones establecidas en la Circular es la de conformar un equipo de prevención y control de COVID-19, para los casos con riesgos de exposición directa cuya labor directa implica contacto directo con individuos clasificados como caso sospechoso o confirmado (principalmente trabajadores del sector salud).