Reportes de Información a la Supersalud (19 marzo 2020)
Se suspenden los reportes regulares de información que tienen que presentar los Prestadores de Salud a la Superintendencia de Salud, los cuáles aplican para el corte de febrero de 2020 a septiembre de 2020, estas instrucciones se dictan con el fin de que las entidades vigiladas por la Superintendencia velen por la garantía de la prestación de los servicios de salud, y se enfoquen en la realización de los reportes relacionados con COVID-19.
De su contenido destacamos:
- Para las IPS clasificadas en el grupo C1, se suspende el reporte regular de los siguientes anexos técnicos:
- Catálogo de Información Financiera
- Cuentas por Cobrar – Deudores
- Cuentas por Pagar – Acreedores
- Bancos y Carteras Colectivas
- Control de Inversiones Inscritas en el Mercado de Valores de Colombia
- Inversiones
- Activos y Pasivos en Moneda Extranjera
- Activos no Monetarios
- Se dispone que la Plataforma NRVCC permanecerá disponible para que las entidades vigiladas por la Superintendencia de Salud puedan realizar los reportes por ese medio.