Radicación de solicitudes de devolución o compensación, y de la saldos a favor ante la DIAN.
La DIAN establece que hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria, no será necesario anexar la
relación de costos, gastos y deducciones en las solicitudes de saldos a favor en el Impuesto sobre la Renta de
personas naturales y jurídicas. Igualmente se dispone que la radicación de las Solicitudes de Devolución y/o
Compensación de Saldos a Favor será a través de correos electrónicos habilitados en las Direcciones Seccionales.
De igual forma, a través de estos buzones se recibirán las pólizas de garantía que amparan las solicitudes de
devolución y/o compensación, las cuales serán objeto de verificación con las compañías aseguradoras emisoras.
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