Medidas especiales relacionadas con la función de certificación
Considerando la expedición del Decreto No. 081 del 11 de marzo de 2020 dictado por la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Resolución 407 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, por el cual se adoptan medidas sanitarias y acciones transitorias de policía para la preservación de la vida y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19), el Autorregulador del Mercado de Valores (“AMV”), ha tomado las siguientes medidas respecto al proceso de certificación de los profesionales que actúan en los mercados de valores, divisas, y bienes y productos agropecuarios, agroindustriales y de otros commodities.
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