Extiende vigencia de los certificados de revisión técnica y de verificación de emisiones contaminantes, en los casos que indica.
Lo dispuesto en el artículo 32º Nº 6, de la Constitución Política de la República; el artículo 89º del DFL Nº 1, de 2007, de Transportes y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; la Ley Nº 18.059; el artículo 4º de la ley Nº 18.696; y el decreto supremo Nº 156, de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; decreto supremo Nº 4, de 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud el decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el dictamen Nº 3610, de 17 de marzo de 2020; la resolución Nº7 , de 2019 ambos de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.
Ver detalle del Decreto:
https://www.leychile.cl/Consulta/Navegar?idNorma=1144101&idParte=0