Medidas en Estado de excepción de catástrofe
“Compete a las autoridades expresamente habilitadas por la Carta Fundamental adoptar medidas que afecten derechos constitucionales en el estado de excepción de catástrofe. Participación de alcaldes en medios de comunicaciones debe limitarse a la entrega de información necesaria para el cumplimiento de las funciones municipales”. Emitido el 24 de marzo de 2020.