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Circular N°21. “Imparte instrucciones sobre derogación del artículo 145-L del Código del Trabajo, respecto del tratamiento tributario de las remuneraciones percibidas por trabajadores de artes y espectáculos, que se desempeñan bajo dependencia y subordinación con una duración determinada, pactada a plazo fijo, por una o más funciones, por obra, temporada o proyecto, según Ley N° 21.210, de 24 de febrero de 2020. Deja sin efecto numeral III, número 1, de la Circular 60, de fecha 20 de
noviembre de 2007.”. Emitido el 26 de marzo de 2020.