la suspensión del dictado de clases presenciales.
Prorroga desde el 1° de abril y hasta el 12 de abril de 2020, como medida extraordinaria y excepcional, de conformidad con las recomendaciones de las autoridades sanitarias y en concordancia con la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y la prohibición de circular, la suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario, institutos de educación superior y todas las modalidades del sistema educativo provincial. Prorrogar desde el 1° de abril y hasta el 12 de abril de 2020 la Resolución N° 657/20. Reemplazar lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 3° de la Resolución 657/20.