Presentación de Certificados de Origen
No será exigible, de manera temporal, la presentación de Certificados de Origen emitidos en el marco de Acuerdos Preferenciales suscriptos por la República Argentina en “original”; aceptando de manera temporal, la presentación de Certificados de Origen emitidos en el marco de Acuerdos Preferenciales suscriptos por la República Argentina que hubieren sido transmitidos electrónicamente a los importadores argentinos. Esta disposición se encontrará vigente hasta que la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial lo comunique.