Proyecta nuevas disposiciones en materia de Seguros frente al transporte ferroviario en Colombia.

MinTrabajo busca actualizar las disposiciones del transporte ferroviario en Colombia, garantizando un servicio eficiente, con cobertura, seguro, oportuno y económico. De su contenido. De su contenido se destaca:  
  • Las empresas de servicio público de transporte ferroviario, según su modalidad, deberán contratar los siguientes seguros:
  1. Póliza de responsabilidad civil contractual que ampare a las personas durante la prestación del servicio.
  2. Póliza de responsabilidad civil extracontractual que ampare al menos los riesgos de Muerte, lesiones y daños a bienes de terceros.
  3. Póliza de transporte de mercancía para las empresas de servicios público de transporte ferroviario en las modalidades de carga y mixto.
  4. Póliza de transporte de mercancías peligrosas para las empresas de servicios público de transporte ferroviario en las modalidades de mixto y carga que transporten mercancías peligrosas.
  • Las empresas deberán expedir las pólizas como mínimo por un año y mantenerlas vigentes durante el tiempo en que se mantenga la operación del servicio.
 
  • Las compañías de seguros que amparen a las empresas de servicios de transporte ferroviario deberán reportar al Mintransporte y a la Supertransporte la información relativa a las pólizas y sus modificaciones.
 
  • Las empresas de servicio público de transporte ferroviario podrán constituir fondos de responsabilidad como mecanismo complementario para cubrir los riesgos derivados de la prestación del servicio
Se reciben comentarios hasta el 12 de noviembre de 2024.  
MinTransporte, Proyecto de Decreto, 5-nov-2024

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