Se definen las acciones que deben desarrollar los empleadores para la aplicación del Sistema Globalmente Armonizado (SGA) de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos en los lugares de trabajo
MinTrabajo define las acciones que deben desarrollar los empleadores en los lugares de trabajo para la aplicación del SGA, en relación con la clasificación y la comunicación de los productos químicos, a fin de velar por la protección y salud de los trabajadores, las instalaciones y el ambiente. De esta Resolución destaca:- Los empleadores deben garantizar la clasificación de los químicos por medio del SGA de la ONU, sexta edición revisada (2015).
- Se determinan los portales de consulta de información recomendados.
- Se esclarecen las condiciones para el etiquetado de productos peligrosos y no peligrosos; también para el etiquetado de mezclas o aleaciones.
- Se establecen las obligaciones en cabeza de los trabajadores.
- Se dispone un régimen de transición.