Requisitos mínimos de seguridad y salud para el desarrollo de trabajo en calderas.

Mintrabajo establece los requisitos mínimos de seguridad y salud en el trabajo que deben aplicarse para realizar actividades que involucren trabajos con calderas. Las ARL que tengan afiliadas empresas y población trabajadora en la que exista riesgo por la instalación, operación y mantenimiento de cualquier tipo de caldera deberán: i. Realizar actividades de prevención, asesoría, evaluación de peligros y riesgos. ii.Ejercer la vigilancia delegada y control en la prevención de los riesgos conforme a lo establecido en la presente norma. iii. Aseorar a los empleadores en la selección de los elementos requeridos para la protección personal que se usen en el trabajo con calderas y equipos conexos. iv. Establecer mecanismos, programas y acciones para la asesoría en gestión para el control efectivo de los riesgos mencionados.  
Mintrabajo, Resolución 1857 de 2024, 27-may-2024

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