Proyecta protocolo para no discriminación de la mujer en procesos de selección.

Mintrabajo proyecta el protocolo para reconocer la importancia del derecho a la igualdad y no discriminación a favor de las mujeres, buscando que estas no sean objeto de acciones o medidas de discriminación al presentarse a convocatorias formales para ingreso de empleo. De su contenido se destaca:
  • Aplica a todas las empresas formalmente constituidas, ya sean personas naturales o jurídicas.
  • Las empresas privadas deberán crear e implementar medidas de protección de los derechos de las personas y en especial de las mujeres que se postulen en convocatorias para acceso al empleo.
  • Medidas mínimas para procesos de postulación:
  1. Los procedimientos, solicitudes, formularios, formatos y documentos ya sean en formato físico o digital para el acceso a la información de postulantes a empleos, por ningún motivo pueden sugerir la obligación de realizar una prueba de embarazo.
  2. Las empresas deberán incorporar en sus procesos contractuales con proveedores o terceros en la prestación de servicios de salud, la salvaguarda de protección de información sobre estados de embarazo de personas que se postulen a procesos de ingreso a empleos que se oferten.
  3. Las empresas que tengan por objeto prestar servicios de salud que se encuentren habilitadas para realizar exámenes preocupacionales o de preingreso no podrán otorgar al empleador información sobre el estado de embarazo de personas postulantes.
  • Las empresas, ya sean personas naturales o jurídicas, que realicen o ejecuten actos constitutivos de discriminación en el empleo derivados del acceso a datos e información sensible sobre el estado de embarazo, serán objeto de investigaciones administrativas sancionatorias por parte de Mintrabajo.
Se reciben comentarios hasta el 20 de febrero de 2025.
Mintrabajo, Proyecto de Resolución, 5-feb-25

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