Pretende reglamentar la integración y el funcionamiento de la Red de Comités Nacionales, Seccionales y Locales de Seguridad y Salud en el Trabajo; y se deroga el Decreto 016 de 1997
Mintrabajo busca fortalecer la participación democrática de todos los actores del Sistema General de Riesgos Laborales en las decisiones que los afectan, de manera que busca estructurar el funcionamiento de la Red de Comités Nacionales, Seccionales y Locales de Seguridad y Salud en el Trabajo, derogando el Decreto 016 de 1997. Riesgos:- Descoordinación: La falta de integración y coordinación entre los comités podría afectar la implementación efectiva de políticas de seguridad y salud en el trabajo.
- Cumplimiento Inadecuado: El incumplimiento de las funciones de los miembros del comité puede llevar a sanciones.
- Mejora en la Gestión: La creación de una red integrada de comités puede mejorar la gestión y coordinación de las políticas de seguridad y salud en el trabajo.
- Participación Activa: Fomenta la participación activa de diferentes actores, incluyendo trabajadores, empleadores y entidades educativas, en la toma de decisiones.
- Conformación de Comités: El Ministerio de trabajo deberá liderar los comités nacionales, seccionales y locales.
- Reuniones Periódicas: Los comités deberán reunirse bimestralmente de forma ordinaria y extraordinariamente cuando sea necesario.
- Evaluación y Seguimiento: Se deberá realizar una evaluación y seguimiento continuo de las actividades de los comités.
- Composición de los Comités: El proyecto detalla cómo sería la composición de los comités nacionales, seccionales y locales, donde se destaca la inclusión de representantes de los empleadores y trabajadores; y de las ARL y EPS.
- Funciones de los Comités: Establece las funciones específicas de los comités, como la elaboración de planes de acción, seguimiento de la gestión y análisis de información sobre accidentes laborales.
- Sistema de Información: Implementación de un sistema de información para consignar y procesar datos relevantes para la gestión de los comités.
- Acerca del Código Disciplinario: Se aplicará el Código Disciplinario Único a los particulares que desempeñen funciones públicas en los comités.
- Transición: Los actuales Comités Nacional, Seccionales y Locales de Seguridad y Salud en el Trabajo funcionarán durante tres meses después de la entrada en vigor del decreto, tiempo durante el cual se conformarán los nuevos comités.