Proyecta reglamentación sobre la base de cotización para aquellas personas que perciban ingresos que superen 25 SMLMV, que podrá ser hasta de 45 SMLMV

El objeto del presente decreto es establecer las condiciones para que todas aquellas personas que perciban ingresos que superen los 25 SMLMV, puedan aportar al sistema con un ingreso base de cotización de hasta de 45 SMLMV. De su contenido se destaca:
  1. Se adiciona un parágrafo al artículo 2.2.3.1.7 del Decreto 1833 de 2016.
  2. El límite de la base de cotización del sistema general de salud y de pensiones a partir del mes de abril de 2022, que debe ser pagado a partir de mayo de 2022, para quienes perciban ingresos que superen los 25 SMLMV, será como máximo de 45 SMLMV, para garantizar en este último sistema, pensiones hasta de 25 SMLMV.
  3. La base de cotización para el sistema general de pensiones deberá ser la misma que la base de la cotización del sistema general de seguridad social en salud.
Se recibirán comentarios hasta el 11 de febrero de 2022.
(MinTrabajo, Proyecto de Decreto, 26-ene-22)

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