Pretende regular el derecho fundamental a morir con dignidad a través de la Eutanasia.
Minsalud, teniendo en cuenta el desarrollo del derecho fundamental a morir con dignidad, proyecta disposiciones para garantizar dicho derecho a través de la eutanasia y la adecuación de los esfuerzos terapéuticos. De su contenido se destaca:- Aplica para EPS e IPS.
- Criterios de la garantía del derecho fundamental a morir con dignidad: Se incluyen la prevalencia de la autonomía del paciente, la celeridad, la oportunidad y la imparcialidad.
- Las IPS deberán:
- Ofrecer y disponer lo necesarios para evaluar y valorar las solicitudes.
- Designar a los integrantes del Comité.
- Garantizar el acceso a los documentos para las verificaciones pertinentes.
- Comunicarse permanentemente con la EPS.
- Garantizar la existencia de médicos no objetores para la práctica del procedimiento.
- Velar por la reserva y confidencialidad de la información.
- Las EPS deberán:
- Asegurar la comunicación con el Comité.
- Coordinar las actuaciones para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad a través de la eutanasia.
- Garantizar la disponibilidad de prestadores que cuenten con los servicios necesarios para dar trámite a la solicitud y a las evaluaciones y valoraciones necesarias.
- No interferir en la solicitud o decisión que adopten los pacientes.
- Se regulan, entre otros temas:
- Consentimiento sustituto.
- Apoyos y ajustes razonables para solicitud de eutanasia.
- Atención y trámite de la solicitud de eutanasia.
- Reporte de solicitudes.
- Se derogan las Resoluciones 971 de 2021 y 825 de 2018.