Actualiza el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías y servicios en salud no financiadas con UPC.
Minsalud actualiza el procedimiento de acceso, reporte, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías en salud y servicios complementarios no financiados con recursos de la UPC. De su contenido se destaca:- Las EPS deben:
- Garantizar el suministro oportuno de tecnologías y servicios en salud no financiados con UPC.
- Recaudar los dineros pagados por copagos o pagos compartidos.
- Cumplir con los requisitos y procedimientos para la presentación de solicitudes de cobro/recobro
- Disponer de infraestructura tecnológica para el adecuado funcionamiento del reporte de prescripción.
- Realizar las validaciones administrativas para determinar las características del usuario (existencia, régimen, estado de afiliación, etc.)
- Realizar la transcripción de las tecnologías o servicios no financiados con UPC.
- Reportar a Minsalud la información necesaria relacionada con el suministro efectivo de tecnologías y servicios.
- Garantizar la capacitación e idoneidad del personal.
- Las IPS deben:
- Suministras o realizar las tecnologías o servicios en salud no financiados con UPC.
- Utilizar la herramienta dispuesta por Minsalud para la prescripción de servicios y tecnologías en salud.
- Brindar condiciones técnicas y administrativas requeridas para el reporte de suministro.
- Entregar la información relacionada con el suministro efectivo.
- Gestionar la conformación de las Juntas de Profesionales de la Salud.
- Establecer canales de comunicación eficientes.