Se modifican disposiciones relacionadas con la inscripción y habilitación de servicios de salud

Se modifican los artículos 4, 5, 7, 19 y 20 de la Resolución 3100 de 2019, que regula la inscripción y habilitación de prestadores de servicios de salud, con el fin de ajustar y precisar ciertos estándares y procedimientos. De sus modificaciones se destaca:
  1. Talento Humano:
  • Procedimiento de vacunación: Se permite realizar en servicios de salud cuyo personal haya adquirido competencias para administrar inmunobiológicos.
  • Formación continua: Se especifica que el Instituto Nacional de Salud (INS) será responsable de emitir lineamientos para la formación continua en detección y cuidado del donante.
  • En el servicio de transporte asistencial en ambulancia aérea, el talento humano deberá ser técnico profesional o tecnólogo en atención prehospitalaria.
  1. Infraestructura:
  • Consultorios para menores de 5 años: Se elimina la barrera física fija o móvil entre las áreas de entrevista y examen.
  • Emblemas obligatorios: Uso obligatorio de los emblemas "estrella de la vida" y el emblema protector de la Misión Médica.
  • Radioterapia: No se requiere ambiente de simulación de tratamiento cuando la tecnología ya incorpora la simulación.
  1. Procesos Prioritarios:
  • Videovigilancia: Los prestadores que instalen cámaras de videovigilancia deben contar con un documento de autorización firmado por los pacientes y el personal de salud, que formará parte de la historia clínica.
  1. Inscripción y Habilitación:
  • Ajustes en los requisitos para la inscripción y habilitación de prestadores de servicios de salud en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS).
  • Autoevaluación: Se detalla el mecanismo de autoevaluación de las condiciones de habilitación y las acciones a tomar en caso de incumplimiento.
(MinSalud, Resolución 465 de 2025, 25-mar-25)

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