Se adopta el protocolo de bioseguridad para los servicios de transporte marítimo de pasajeros y de servicio particular, excepto cruceros, actividades náuticas, de recreo, de embarcaderos, marinas y clubes náuticos dentro del territorio nacional
Por medio de la presente resolución se adopta el protocolo de bioseguridad para los servicios de transporte marítimo de pasajeros y de servicio particular, excepto cruceros, actividades náuticas, de recreo, de embarcaderos, marinas y clubes náuticos dentro del territorio nacional. Este protocolo de bioseguridad es complementario al adoptado mediante resolución 666 de 2020.Resolución 2295 de 2020, MinSalud
Se adopta el protocolo de bioseguridad para los servicios de transporte marítimo de pasajeros y de servicio particular, excepto cruceros, actividades náuticas, de recreo, de embarcaderos, marinas y clubes náuticos dentro del territorio nacional