Se establecen disposiciones para la selección de miembros y funcionamiento del Consejo Nacional Asesor en Cáncer Infantil y de los Consejos Asesores en Cáncer Infantil a nivel territorial
Por medio de la presente Resolución se establecen disposiciones sobre el Consejo Nacional Asesor de Cáncer Infantil-CONACAI, sus funciones, las funciones de sus miembros, los requisitos y selección de los miembros, disposiciones sobre las sesiones, quorum y decisiones del Consejo, entre otros. El Consejo Nacional Asesor de Cáncer Infantil-CONACAI es el encargado de efectuar el seguimiento y monitoreo de la implementación de la Ley 1388 de 201, así como de las políticas y planes nacionales que de la misma norma se deriven. El CONACAI, estará integrado por: (i) Ministro de Salud o su delegado; (ii) Director del Instituto Nacional de Cancerología; (iii) Presidente de la Asociación Colombiana de Hematología y Oncología Pediátrica; (iv) Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; (v) un representante de las EPS; (vi) un representante de las IPS; (vii) un representante de las organizaciones sin ánimo de lucro o fundaciones dedicadas al apoyo de los niños o niñas que padecen cáncer; un representante de los padres de familia.Resolución 2263 de 2020, MinSalud
Se establecen disposiciones para la selección de miembros y funcionamiento del Consejo Nacional Asesor en Cáncer Infantil y de los Consejos Asesores en Cáncer Infantil a nivel territorial