Se establece el pago por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios para los meses de enero a abril de 2021
La presente resolución establece el pago por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios por parte de la ADRES a las IPS con servicios de cuidados intensivos e intermedios habilitados para los meses de enero a abril de 2021. De su contenido se destaca:- El pago se reconocerá siempre que: (i) se haya superado el 30% de disponibilidad en cada servicio por cada sede y cada día dentro del período de reconocimiento; (ii) tales servicios hayan estado disponibles para ese propósito y, (iii) el reporte de ocupación se haya realizado en el REPS.
- IPS deberán remitir certificación firmada dentro de los 3 primeros días calendario de cada mes, en la que conste el número de camas habilitadas disponibles de las unidades de cuidado intensivo e intermedio del mes objeto de reconocimiento, identificando la disponibilidad diaria y total por mes.
- IPS deberán adelantar previamente los trámites de inscripción de las cuentas bancarias a las cuales se realizará el desembolso.
- IPS deberán destinar recursos para financiar el mantenimiento de la disponibilidad del servicio, incluyendo todos los costos para su sostenibilidad en el tiempo.
- Para legalizar el pago por disponibilidad el representante legal de la IPS debe certificar el pago de los gastos asociados a la nómina o de la remuneración del Talento Humano en Salud disponible de las unidades de cuidado intensivo e intermedio requeridos para la atención del COVID-19.